jueves, 5 de diciembre de 2013

#escenariostec, Inclusión Digital en la Educación

Este es mi aporte a la actividad de Wikipedia
INCLUSIÓN DIGITAL EN AL EDUCACIÓN

En la década de 1990, surge la denominada Sociedad de la Información, y como su fuente primordial las TIC; la computadora y el Internet se tornan transversales como herramienta para el trabajo y la vida, el número de aparatos y conexiones crece pero de una manera desigual por diversos factores como desarrollo económico, nivel de ingreso de sus habitantes, educación, desarrollo de habilidades tecnológicas, infraestructura de telecomunicaciones e idioma.
Surgen conceptos como la brecha digital y su contra parte la “inclusión digital”, cuya finalidad  es la  integración a la sociedad de los individuos excluidos por la brecha digital.
La inclusión digital es considera como la integración de los individuos a una participación activa en la sociedad, en donde es habilitado desde el ultimo nivel de acceso de las TIC,  y logre integrarse  a la mayoría de las dimensiones de la actividad humana desde el ambiente digital.
En éste sentido, Raad, A. (2004:217)) señala que en el sentido objetivo, la inclusión digital es que cada persona conozca y maneje las herramientas o aplicaciones tecnológicas y accedan a estas, de manera que puedan aprovechar las oportunidades de consumo de intercambio de bienes (simbólicos o materiales) para lograr su integración.

La Inclusión Digital en la Educación.
Las principales estrategias para la inclusión digital es la cobertura de las TIC en las escuelas de educación básica. El Plan Nacional de Educación  2001-2006 especificó, en relación a  las TIC y  a su contenido, las siguientes líneas de acción:
Fomentar el uso de las TIC en la comunidad educativa;
Adquirir y desarrollar material educativo audiovisual o informático para ponerlo a disposición no sólo de la comunidad educativa sino de la comunidad en general.
Diseñar modelos didáctico - metodológicos para el uso de las TIC dentro del aula.
Ampliar y fortalecer el equipamiento de TIC en conjunto con las entidades federativas de las escuelas primarias y secundarias.
Enciclomedia: se fundamenta en los libros de texto gratuito y que, a partir de su edición digital, los enlaza a la biblioteca del aula, a fotografías, mapas, visitas virtuales, vídeos, películas, audios, interactivos, animaciones y otros recursos tecnológicos, propiciando un trabajo conjunto y mayor interacción a favor del aprendizaje, entre maestros y alumnos, favoreciendo además competencias del pensamiento y la observación.
Objetivos del programa relacionados con las TIC son:
Incorporar al alumno a la vida moderna con una actitud positiva hacia los valores que prevalecen en un mundo desarrollado, con avances científicos y tecnológicos.
Contribuir para que el docente en formación egrese con la visión de utilizar la tecnología en su práctica profesional.

http://www.cognicion.net/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=187


Los derechos humanos y la inclusión digital.
Besándonos en la siguiente definición de los derechos humanos: son un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional, en donde la clasificación de los derechos humanos considera la inclusión digital como un derecho humano de última generación, incluyendo los derechos derivados de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Esta clasificación considera de manera general tres generaciones:
Primera generación: derechos civiles y políticos.
Segunda generación: derechos económicos, sociales y culturales.
Tercera generación: derechos de solidaridad.
Esta última generación proviene, por un lado, de las nuevas reivindicaciones de los ciudadanos y, por otro, de las transformaciones tecnológicas, de los nuevos conocimientos científicos y de su aplicación a diversos campos de la vida humana. Esto presupone el surgimiento de nuevos derechos que no estaban planteados en la Declaración de 1948, o dicho de otra manera, de antiguos derechos, pero redefinidos. En dónde se distinguen tres bloques de derechos:
a) Los derechos relativos a la protección del ecosistema y al patrimonio de la humanidad.
b) Los derechos relativos a nuevo estatuto jurídico sobre la vida humana.
c) Los derechos derivados de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información.
El tercer bloque de derechos de esta generación tercera incluiría los siguientes derechos:
Derechos a la comunicación y a la información: información completa y veraz; derecho de acceso a la información de relevancia para la Humanidad; derecho a la información genética; derecho a comunicar libremente ideas, pensamientos y opiniones; derecho de acceso a los medios técnicos de comunicación públicos y privados; autodeterminación informativa; derecho a la protección de datos de carácter personal y familiar.
Derechos en la red: derechos informáticos, derecho a conocer la identidad del emisor de informaciones y opiniones, derecho a la vida privada en la red, al honor y a la propia imagen, propiedad intelectual e industrial en la red.
Derechos de los menores.
Se entendería entonces que la inclusión digital es un nuevo derecho humano procedente del nuevo entorno tecnológico que ha creado la red, y que protege el derecho de acceso a la información de relevancia para la Humanidad y el derecho de acceso a los medios técnicos de comunicación públicos y privados. Los derechos informáticos, los avances en información y comunicación deben ser disfrutados por todos los seres humanos, y cabe considerar que en la actualidad exclusión digital equivale a exclusión social (Bustamante Donas, 2007).

http://eprints.ucm.es/11567/1/INCLUSION_DIGITAL,_NUEVO_DERECHO_H.pdf

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